Medicina legal y forense
Muchas de las solicitudes que nos llegan a los peritos psicólogos es la realización de Informes Psicológicos Periciales para procedimientos laborales por denuncias de acoso laboral. Ante estos casos son muchas las preguntas que surgen y por eso es importante poder aclarar para qué puede servir este tipo de informes en estos procedimientos.
En primer lugar es importante diferenciar un Informe Pericial realizado por un psicólogo del realizado por un médico psiquiatra. Normalmente, los médicos psiquiatras utilizan la entrevista clínica como principal medio de evaluación a diferencia de los psicólogos forenses además de utilizar la entrevista clínica, aplican una serie de test o cuestionarios que aportan una mayor validez a este tipo de evaluaciones. De esta forma, la evaluación realizada por un psicólogo forense además de analizar la presencia o no de determinados síntomas característicos en una víctima de acoso laboral y de descartar la presencia de indicadores que hagan sospechar de una posible simulación por medio de la entrevista clínica, aporta otros datos objetivos acerca de la sintomatología, rasgos de personalidad y sobre todo, presencia de simulación o no del malestar que la persona refiere.
En el ámbito forense es muy importante la utilización de instrumentos de evaluación que nos ofrezcan datos lo más objetivos posibles para dar mayor validez de esta forma a los recogidos por medio de la entrevista clínica.
Una vez realizada esta evaluación, el perito psicólogo analiza los resultados para poder realizar el Informe Psicológico Pericial. A la hora de analizar los resultados, el psicólogo forense debe valorar los siguientes aspecto: si existe o no simulación de la sintomatología, si los síntomas coinciden con los propios de una situación de acoso laboral, si la sintomatología presenta un inicio y curso característico de este tipo de situaciones, si existen o no otras causas que pueden explicar mejor la sintomatología que la persona presenta, la respuesta que ha tenido a los tratamientos si éstos existen, etc.
Una vez realizada esta evaluación, si los datos apuntan a la existencia de un trastorno derivado de una situación de acoso laboral, entonces el perito psicólogo podrá realizar un informe “favorable” para la persona que lo solicita.
Un aspecto de especial atención que hay que tener en cuenta es que el psicólogo forense no podrá decir en su informe que existe un acoso laboral, esto sólo le corresponde decirlo al Juez, el perito puedo hablar afirmar que existe un trastorno que es “compatible” con una situación de acoso laboral.
Es importante tener en cuenta que este tipo de informes rara vez es considerado por los tribunales como única prueba de la existencia de un acoso. El Informe Psicológico Pericial se considera más que una prueba del acoso, una prueba del estado de la persona y un instrumento para descartar la simulación y otras posibles causas que puedan explicar mejor el estado del trabajador.
Otras de las dudas
18 de diciembre de 2013 Comentar
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