Interrupción voluntaria del embarazo

La interrupción voluntaria del embarazo, o sus siglas, IVE, es un procedimiento de carácter clínico, que tiene por objeto dar por finalizado el embarazo. Se realiza por profesionales especializados y acreditados.

La definición que la OMS, Organización Mundial de la Salud da del aborto es la "interrupción del embarazo cuando el feto todavía no es viable fuera del vientre materno". Pero, ¿en qué momento el feto no es viable?. Esto es algo que ha ido cambiando, según ha evolucionado la medicina y la tecnología y en estos momentos está hasta alrededor de las 22 semana de embarazo.

Las técnicas o métodos de interrupción voluntaria del embarazo varían en función del momento de gestación y de la salud de la gestante:

Primer trimestre: 

  • Farmacológicos: Se administran medicamentos que hacen que la placenta se separe del útero y que detienen el crecimiento del feto. Con otra medicación posterior se provoca la expulsión de la placenta y el feto, que si no es completa requerirá intervención quirúrgica.
  • Quirúrgicos: Técnica conocida como legrado evacuador, realizado o bien mediante aspiración o con instrumental médico. Normalmente hay que dilatar con carácter previo el cuello del útero y se da seguimiento ecográfico. El alta se produce casi de forma inmediata.
 
Segundo trimestre:
  • Farmacológicos: Con la medicación administrada por vía oral, vaginal, intraamniótica o venosa se estimulan las contracciones, para luego realizar un legrado. Se requiere control médico durante 24 horas e ingreso. 
  • Quirúrgicos: Se hace que el cuello del útero se dilate y luego se hace el legrado, evacuando el feto, bajo seguimiento ecográfico. El alta se prolongar más en embarazos entre 15 y 20 semanas, que puede tardar 6 horas, sino, se dará a las 2-4 horas. 
 
La Ley Orgánica 2/2010 de 3 de marzo de salud sexual y reproductiva, y de interrupción voluntaria del embarazo, es la que lo regula, estableciendo las obligaciones de los poderes públicos. Hay una serie de requisitos que deben ser respetados y es que debe practicarse la IVE, por un médico especialista, en centro acreditado, con consentimiento de la gestante, escrito y expreso. La petición puede ser de la mujer dentro de las 14 primeras semanas de gestación y por causas médicas, hasta la semana 22, si está en riesgo la vida o salud de la embarazada o existen anomalías graves en el feto.

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Preguntas y respuestas sobre interrupción voluntaria del embarazo

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Noticias sobre Interrupción voluntaria del embarazo

A partir de mañana las menores de 17 años no podrán abortar sin el consentimiento paterno

Mañana 23 de septiembre entra en vigor la reforma de la Ley del Aborto que modifica el consentimiento para realizar una interrupción del embarazo. A partir de ahora, las menores de 17 años no podrán hacerlo sin el consentimiento explícito de sus padres o tutores.

El Ejecutivo dice que esta modificación trata de proteger a las menores, que deben realizar el procedimiento acompañadas en todo momento. Antes, las pacientes no debían ni siquiera informar a sus padres del proceso y no tenían por qué estar acompañadas por ellos.

Esta reforma entra en vigor mañana y fue aprobada el pasado 10 septiembre con mucha polémica. El Gobierno considera que esta decisión tiene demasiado impacto en el futuro de la menor como para dejar que ella decida por si misma, por eso uno de los requisitos será que sus padres sean conscientes de la decisión.

La interrupción del embarazo ha sido siempre un tema muy controvertido, que ha generado diferentes opiniones tanto en los colectivos sanitarios como dentro de las ramas del gobierno, y esta reforma ha generado todavía más rencillas. Habrá que esperar a las cifras oficiales de interrupción del embarazo para ver qué impacto tiene esta reforma en el proceso.

22 septiembre 2015

 

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